FONDO DE EMERGENCIA PARA EL PATRIMONIO ¿Cómo funciona?

El Fondo de Emergencia para el Patrimonio es un mecanismo financiero de donantes múltiples y fondos no asignados a fines específicos. Fue creado por la UNESCO en 2015, para permitir a la Organización responder de forma rápida y eficaz a las crisis resultantes de conflictos armados y desastres causados por peligros naturales o antropogénicos en todas partes del mundo.
El Fondo de Emergencia para el Patrimonio tiene por objeto fortalecer la capacidad de los Estados Miembros en materia de prevención, mitigación y recuperación frente a la pérdida del patrimonio y la diversidad culturales en situaciones de emergencia, y promover la incorporación de la protección de la cultura en la acción humanitaria, las estrategias de seguridad y los procesos de consolidación de la paz, incluyendo el aprovechamiento del potencial de la cultura para fortalecer la resiliencia y ayudar a la recuperación.
El Fondo de Emergencia para el Patrimonio financia actividades que responden a una situación de emergencia, definida de la manera siguiente: Una situación provocada por peligros naturales o antropogénicos, incluyendo conflictos armados, en la que un Estado Miembro no se encuentra en condiciones de superar las graves consecuencias que esta acarrea para la protección, promoción y transmisión del patrimonio o para los esfuerzos encaminados a fomentar la creatividad y proteger la diversidad de las expresiones culturales. Las actividades apoyadas por el Fondo deben corresponder a los ámbitos de las convenciones de la UNESCO relativas a la cultura, y en particular al patrimonio cultural y natural inmueble, el patrimonio cultural mueble, los repositorios culturales, el patrimonio cultural subacuático, el patrimonio cultural inmaterial y la diversidad de los bienes, servicios y actividades culturales. Nuestro último informe anual de situación, en el que se presentan las intervenciones realizadas en estos distintos ámbitos, se puede consultar aquí.
La Secretaría de una de las convenciones de la UNESCO del ámbito cultural o una Oficina de la UNESCO fuera de la sede pueden presentar solicitudes al Fondo de Emergencia para el Patrimonio, en consulta con las autoridades nacionales, en cualquier momento del año y mediante un formulario específico de solicitud. Los Estados Miembros de la UNESCO que deseen solicitar la ayuda del Fondo pueden ponerse en contacto con las Oficinas fuera de la Sede correspondientes, que pondrán en marcha el proceso.
El Fondo de Emergencia para el Patrimonio apoya las actividades de los Estados Miembros de la UNESCO, haciendo especial hincapié en:
- Los países menos adelantados, según la definición del Comité de ʴDZíپ de Desarrollo del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas;
- Los países de ingreso mediano bajo según la definición del Banco Mundial;
- Las emergencias de nivel 3 designadas por el Coordinador del Socorro de Emergencia de las Naciones Unidas, en consulta con los jefes de los organismos que integran el Comité Permanente entre Organismos;
- Los países en los que se encuentra una misión coordinada por el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas (DOMP).
En cada solicitud, la cantidad máxima que se puede pedir al Fondo de Emergencia para el Patrimonio es de 100 000 dólares estadounidenses.
En el marco de la autoridad delegada por la Directora General, el Subdirector General de Cultura, o su representante, se encarga de la aprobación de las solicitudes de financiación.