Seguimiento de la aplicación de las normas y los estándares

Monitoring right to education standards
Última actualización:2 de Febrero de 2024

La realización del derecho a la educación depende de su aplicación eficaz por parte de los países. Para lograrlo, las obligaciones y los compromisos políticos de los Estados en virtud de los instrumentos internacionales deben quedar plasmados en sus constituciones y legislaciones nacionales, así como poder aplicarse en sus políticas y programas.

Para dar seguimiento a la aplicación de los de la UNESCO, el artículo VIII de la de la Organización exige a los Estados Miembros que presenten informes sobre las disposiciones legislativas y administrativas que hayan adoptado y sobre otras medidas tomadas para aplicar las convenciones y recomendaciones. Los exigen que los Estados Miembros presenten dichos informes cada cuatro años mediante consultas periódicas organizadas por la Organización.

El , que forma parte del Consejo Ejecutivo de la UNESCO, examina el resultado de las consultas y da seguimiento a las decisiones adoptadas en consecuencia por los órganos rectores de la UNESCO: el Consejo Ejecutivo y la Conferencia General. 

El Comité examina también las comunicaciones relativas a casos y asuntos concernientes al ejercicio de los derechos humanos en las esferas de competencia de la UNESCO.

La UNESCO también colabora con los sistemas de las Naciones Unidas en materia de seguimiento del derecho a la educación proporcionando contribuciones, entre otros, al , al y al , sobre la situación de la aplicación del derecho a la educación en el país objeto de examen. Las consultas de la UNESCO son fuentes de información valiosas para estas contribuciones.

Consultas sobre la aplicación de la DzԱԳó y la 𳦴dzԻ岹ó de 1960

La UNESCO presenta periódicamente una consulta sobre la y la relativas a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza. Estos instrumentos reflejan la misión constitucional de la UNESCO de instituir la cooperación entre las naciones con objeto de “fomentar el ideal de la igualdad de oportunidades de educación para todos, sin distinción de raza, sexo ni condición social o económica alguna”. 

Al ser reconocida la DzԱԳó como , resulta de crucial importancia el seguimiento del derecho a la educación en el contexto de la ܳó 2030 y la Agenda de Desarrollo Sostenible para garantizar la rendición de cuentas y la transparencia por parte de los gobiernos. Para obtener más información.

Number of State reports received for the different consultations
Source: UNESCO report ‘From rights to country-level action’

Conclusiones de la décima consulta

El último ciclo de consulta (10º) del  y la  relativas a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, iniciado en 2020, concluyó en 2021 con la presentación de un informe analítico en el que se sintetizaban las conclusiones de la consulta al Consejo Ejecutivo en su 212ª reunión, y posteriormente a la Conferencia General en su 41ª reunión (2021). Una versión ampliada del informe titulada "", fue publicada con motivo del Día Internacional de la Lengua Materna 2022 y difundida ampliamente a través del sitio web de la UNESCO y de las redes activamente comprometidas con el derecho a la educación. 

Este informe destaca los progresos realizados por los Estados miembros, al mismo tiempo que presenta los desafíos que enfrentan en la realización del derecho a la educación para todos.  Aunque los contextos varían, los Estados miembros se han enfrentado a menudo a desafíos comunes, especialmente en lo que respecta a las políticas educativas y la gobernanza, la equidad y la inclusión, y la garantía de calidad. Estas autoevaluaciones y reflexiones críticas han llevado a un diagnóstico que puede servir como requisito previo para establecer soluciones a largo plazo que permitan una mejor aplicación, a escala nacional, del derecho a la educación en todas sus dimensiones.

La UNESCO lanza su 110ª consulta sobre estos instrumentos

  • ¿áԻ?

En febrero de 2024, se iniciará la 11ª consulta y la Directora General de la UNESCO solicitará a los Estados Miembros que presentaran informes nacionales acerca de las medidas adoptadas para aplicar estos instrumentos (Convenciones para los países que las han ratificado y Recomendaciones para todos los Estados Miembros) desde el último ciclo de consulta, antes de la fecha límite de junio de 2024. Estos informes se utilizarán para elaborar un informe analítico que sintetice las conclusiones de la consulta.

El Consejo Ejecutivo examinará este resumen de los informes recibidos de los Estados miembros en su 222ª reunión y, posteriormente, la Conferencia General en su 43ª reunión (2025).

  • ¿ó?

Las  fueron preparadas por la Secretaría y aprobadas por el Consejo Ejecutivo en octubre de 2023. 

Estas directrices proporcionan las orientaciones necesarias para la preparación del informe que abarca el periodo 2021-2024. Dado que el alcance y el contenido de las obligaciones legales en el marco del derecho a la educación se ajustan al ODS 4 en materia de educación, se han llevado a cabo esfuerzos para garantizar que se incluyan los componentes específicos en las directrices y que estas sirvan como una valiosa herramienta de seguimiento para medir los progresos en la consecución de las metas del ODS 4.

Para fomentar la participación del mayor número posible de Estados miembros, la consulta también estará disponible en línea, como ocurrió con las dos anteriores.

  • ¿Por qué?

Además de la obligación constitucional de informar a la Organización sobre la aplicación de los instrumentos de la UNESCO, la participación en las consultas proporciona una excelente oportunidad para evaluar los progresos e identificar los desafíos, entablar un diálogo constructivo con todas las partes interesadas, incluida la sociedad civil, y compartir las buenas prácticas.    

El  y la herramienta interactiva “” se enriquecen fundamentalmente con la información proporcionada en el contexto de estas consultas.

Sobre la base de las consultas anteriores, se han elaborado informes y mapas que constituyen herramientas esenciales para el intercambio de información y la promoción en lo relativo al derecho a la educación, entre los que figuran:

  • , 2019 (en inglés)
  • , 2019 (en inglés)
  • , 2019 (en inglés y francés) 
  • , 2016 (en inglés)
  • , 2015 (en inglés) 

Informes sobre los análisis arrojados por los resultados de las consultas

  • Décima Consulta (2021):  (en inglés)
  • Novena Consulta (2017):  (en inglés)
  • Octava Consulta (2013): (37 C/ 26) 
  • Séptima Consulta (2007): (34 C/56) 
  • Sexta Consulta (1999):  (30 C/29) 
  • Quinta Consulta (1991):  (26 C/31) 
  • Cuarta Consulta (1985):  (23 C/72) 
  • Tercera Consulta (1978):  (20 C/40) 
  • Segunda Consulta (1972):  (17 C/15) 
  • Primera Consulta (1968):  (15 C/10) 

Seguimiento de otros instrumentos normativos de la UNESCO

Además de la DzԱԳó y la 𳦴dzԻ岹ó relativas a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, la UNESCO da seguimiento también otros instrumentos normativos de la Organización, en particular:

El derecho a la educación: seguimiento de los instrumentos normativos de la UNESCO (en inglés)
2008
0000161161
El derecho a la educación: un análisis de los instrumentos normativos de la UNESCO (en inglés)
Daudet, Yves
Singh, Kishore
2001
0000123817
Un enfoque de la ܳó para Todos basado en los derechos humanos (en inglés)
United Nations Children's Fund
2007
0000154861