Precisar el papel que desempeñan los agentes no estatales en la educación

¿Qué papel desempeñan los agentes no estatales en la educación?
El suministro de educación es la responsabilidad principal del Estado. Así lo reafirman la Declaración de Incheon, basada en los derechos, y el Marco de Acción ܳó 2030, entre otros instrumentos.
Cuando la educación es impartida por agentes no estatales, los Estados deben garantizar la libertad de enseñanza y que todos puedan recibir una educación de calidad en condiciones de igualdad. Más información.
La educación pública sigue siendo la primera prioridad, ya que la de la UNESCO estipula que los centros de enseñanza privados deben añadir nuevas posibilidades a los que proporciona el poder público y que correspondan a las normas aprobadas por las autoridades gubernamentales.
La participación de los agentes no estatales puede ampliar las oportunidades educativas y permitir innovar en cuanto a los métodos de enseñanza y aprendizaje. Sin embargo, su participación no debe debilitar o sustituir al sector público, justamente para garantizar la libertad de elección. Además, la libertad de creación de centros educativos no es absoluta, su ejercicio no debe dar lugar a ninguna forma de discriminación ni generar desigualdades.
En una entrevista, la profesora Ann Skelton comparte su opinión sobre los pros y los contras de la educación privada y pública en África.
La UNESCO trabaja para garantizar que los agentes no estatales dispongan de un espacio para contribuir a los objetivos educativos en plena conformidad con el derecho internacional en el ámbito de los derechos humanos. A través de un proyecto entre la Sede de la UNESCO, el IIPE de la UNESCO y otros asociados, se están sometiendo a pruebas las Directrices Metodológicas con miras a orientar a los Estados Miembros en la planificación de la aplicación del derecho a la educación, con especial atención a los agentes no estatales.
Recursos:
- Informe:
- Informes del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la educación:
- Informe GEM:
La educación en casa
La educación en casa, por cuestiones prácticas como la ubicación, o por motivos filosóficos, religiosos o políticos, está ganando interés, sobre todo después de la pandemia de COVID-19, cuando muchos padres se vieron confrontados a su primera experiencia al respecto. Otras razones más preocupantes para favorecer la escuela en casa son la insatisfacción con respecto a la instrucción académica o al entorno escolar, a pesar de que el Estado tiene la obligación de garantizar una educación y un aprendizaje de calidad.
Aunque el derecho internacional de los derechos humanos no hace referencia explícita a la educación en el hogar, sí establece los derechos y obligaciones que deben respetar todos los tipos de educación, incluido este tipo de educación.
Los derechos generales, que se aplican también a la educación en casa, obligan a los Estados a:
- Respetar la libertad de enseñanza, que consta de dos elementos:
- Libertad de los padres/tutores para garantizar una educación que se ajuste a sus propias convicciones religiosas y morales
- Libertad de los padres/tutores para elegir las instituciones que ofrezcan una educación que se ajuste a los y a las aprobadas por el Estado.
- Respetar el hecho de que los padres/tutores legales son los principales responsables de la crianza y el desarrollo de sus hijos, teniendo en cuenta su interés superior.
La UNESCO presta apoyo a los Estados que intentan regular la oferta de educación en el hogar de acuerdo con las normas internacionales en materia de derechos humanos.