Ventanilla única para el seguimiento de la aplicación de los instrumentos normativos
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Esta página web, actualmente en construcción, tiene por objeto permitir a los Estados miembros informarse en un único lugar de las distintas consultas en curso sobre la aplicación de las 2 convenciones y 17 recomendaciones de cuyo seguimiento se ocupa el Consejo Ejecutivo y ser redirigidos directamente a cada una de las plataformas en cuestión, constituyendo así una "ventanilla única" para el seguimiento de los instrumentos normativos.
Esta página se beneficiará de las funcionalidades técnicas que se desarrollarán en 2025, cuando se cree la plataforma informática del Sector de la Cultura para centralizar la recepción de los informes de los Estados miembros sobre la aplicación de los instrumentos normativos en sus ámbitos de competencia (con vistas a la elaboración del primer informe mundial sobre las políticas culturales) y su generalización a otros sectores del programa.
La información sobre la aplicación de las otras convenciones de la UNESCO también puede consultarse en el sitio web Asuntos Jurídicos en la sección Textos jurídicos relativos a las convenciones de la UNESCO.
Noticias
Calendarios de consultas para 2022-2025
Estado de las consultaciones para 2024-2025 (al 28 de marzo de 2025)
Consultas en curso
Futuras consultas
Las 4 grandes etapas del seguimiento de la aplicación de los instrumentos normativos
El marco jurídico del seguimiento de la aplicación de los instrumentos normativos
Esta ventanilla única se está desarrollando actualmente con el apoyo financiero del Gobierno de la Confederación Suiza.

Conformément à l’article 18.1 du Règlement relatif aux recommandations aux États membres et aux conventions internationales, le Comité sur les conventions et recommandations (CR) examine toutes questions relatives à l'application des instruments normatifs de l'UNESCO (conventions et recommandations) confiées au Conseil exécutif. Il reçoit et examine les rapports des États membres concernant l’application de ces instruments.
En application des dispositions des articles IV, paragraphe 4, et VIII de l’Acte constitutif, le Secrétariat préparera en début de chaque exercice biennal un calendrier de remise par les États membres de leurs rapports sur les mesures prises en vue de la mise en œuvre des conventions et recommandations pour l’exercice considéré, tout en rappelant la périodicité et la date de présentation des rapports sur le suivi de l’application de ces instruments à la Conférence générale de l’UNESCO.
